viernes, 5 de octubre de 2012

Piden no traslado de tributos municipales en la facturación de gas


Los concejales del Frente para la Victoria presentaron un proyecto de resolución por el cual reclaman a la Oficina de Defensa del Consumidor y al Enargas, el no traslado de los gravámenes municipales que paga la empresa Litoral Gas SA a los usuarios. 

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Visto:
La resolución del Ente Nacional Regulador del Gas –ENARGAS-  y la legislación que permite a la prestataria Litoral Gas a trasladar a sus usuarios las tasas y tributos que les cobran los municipios,

Considerando:

Que la misma sienta un precedente nefasto que otorga un beneficio injustificado a un empresa monopólica, ya que deja en firme el criterio de que son los usuarios quienes deben pagar los gravámenes municipales que se apliquen sobre las empresas o cooperativas que tienen a su cargo áreas de distribución y servicios públicos,

Que dicho traslado significa que los usuarios del servicio de gas paguen los tributos que corresponden a un contribuyente con alta capacidad de pago, solvencia y espíritu de lucro en su accionar, que no amerita ninguna excepción a la regla general de imposición tributaria,

Los numerosos reclamos por un caso similar de traslado de tributos por variaciones de derecho de registro e inspección se produjeron en nuestra ciudad, debiendo corresponder la devolución de dichas sumas a los usuarios locales,


EL CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:

Artículo 1º- Rechazar la resolución 3.109 del Ente Nacional Regulador del Gas –ENARGAS-, que establece la autorización para que la prestataria Litoral Gas traslade a los usuarios el valor de la tasa por uso del dominio público que le cobren los municipio. Asimismo rechazar el traslado de otros tributos como Derecho de Registro e Inspección –DREI-,  a la facturación domiciliaria efectuada por dicha compañía.

Artítulo 2º- Enviar esta declaración ante la Secretaría de Energía de la Nación, a la Cámara de Diputados de la Nación y al Senado de la Nación, solicitando a los legisladores nacionales la derogación del artículo 41 de la ley 24.076 que establece que cualquier tasa municipal no será cargada a los números de la empresa concesionaria, sino a los usuarios, siendo injustificado dicho criterio aplicable a una empresa privada monopólica,

Artículo 3º- De forma.