que tendrán por objeto recibir denuncias acerca de toda problemática relacionada con el cuidado del medioambiente.
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La Ordenanza Municipal
que crea la Patrulla Ecológica, con la finalidad de incentivar la
participación de la ciudadanía en el cuidado del medioambiente, y
Considerando:
Que dicha patrulla se encuentra en pleno proceso de
conformación y resulta imprescindible dotar a los ciudadanos de las
herramientas necesarias para contribuir con ese fin
Que la Creación del BUZÓN DE LA VIDA, ha resultado de suma
importancia para involucrar a la ciudadanía en una temática tan importante como
lo es la lucha contra las drogas y la trata de personas.
Que en el mismo sentido, se observa un interés generalizado
en colaborar con el cuidado del medioambiente y que muchas veces los vecinos
observan situaciones que deberían ser motivo de denuncia, pero a veces no se
realizan para no generar conflictos con otros vecinos del mismo barrio.
Que la creación del BUZÓN ECOLÓGICO podría ser de suma
utilidad para los vecinos, para que vuelquen allí sus denuncias sobre distintas
problemáticas relacionadas con el ambiente en que vivimos.
Por todo ello, el BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE PARA LA
VICTORIA presenta el siguiente
PROYECTO DE ORDENANZA
Art. 1º: Créanse en el ámbito de la ciudad de Cañada de
Gómez, los BUZONES ECOLÓGICOS, que tendrán por objeto recibir denuncias acerca
de toda problemática relacionada con el cuidado del medioambiente.
Art. 2º: Los buzones Ecológicos serán Instalados en las
Instituciones que así lo requieran. Los días lunes, personal designado por la
Secretaría de Gobierno recogerá de cada uno de los Buzones, las denuncias,
realizándose la apertura en presencia de las autoridades de la Institución,
confeccionándose un Acta en la que constará: Nombre del representante de la
Institución, del funcionario municipal, y la cantidad de denuncias retiradas
del buzón. Las mismas con la copia del acta serán remitidas a la Secretaría de
Gobierno en un sobre cerrado, y ésta derivará las denuncias al área que
corresponda. A los fines estadísticos se remitirán copias a la Patrulla
Ecológica. Nunca se darán a conocer los datos personales de los denunciantes.
Art. 3º: Los denunciantes deberán aportar la mayor cantidad
de información para que el personal municipal pueda actuar. A tal fin, se
deberá hacer constar La dirección o domicilio en el cual se hubiese observado
la falta que dio origen a la denuncia y se podrán adjuntar fotos que
contribuyan a identificar el problema
rápidamente.
Art.4º: Los Buzones ecológicos solicitados por las
diferentes Instituciones estarán ubicados de manera que la población tenga
acceso a los mismos aún cuando éstas permanezcan cerradas. A tal fin serán
provistos por la Municipalidad e instalados por personal municipal.
Art. 5º: De forma


