PROYECTO DE
RESOLUCIÓN
Visto:
La resolución del Ente Nacional
Regulador del Gas –ENARGAS- y la
legislación que permite a la prestataria Litoral Gas a trasladar a sus usuarios
las tasas y tributos que les cobran los municipios,
Considerando:
Que la misma sienta un
precedente nefasto que otorga un beneficio injustificado a un empresa
monopólica, ya que deja en firme el criterio de que son los usuarios quienes
deben pagar los gravámenes municipales que se apliquen sobre las empresas o
cooperativas que tienen a su cargo áreas de distribución y servicios públicos,
Que dicho traslado significa que
los usuarios del servicio de gas paguen los tributos que corresponden a un
contribuyente con alta capacidad de pago, solvencia y espíritu de lucro en su
accionar, que no amerita ninguna excepción a la regla general de imposición
tributaria,
Los numerosos reclamos por un
caso similar de traslado de tributos por variaciones de derecho de registro e
inspección se produjeron en nuestra ciudad, debiendo corresponder la devolución
de dichas sumas a los usuarios locales,
EL CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA
SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
Artículo 1º- Rechazar la
resolución 3.109 del Ente Nacional Regulador del Gas –ENARGAS-, que establece
la autorización para que la prestataria Litoral Gas traslade a los usuarios el
valor de la tasa por uso del dominio público que le cobren los municipio.
Asimismo rechazar el traslado de otros tributos como Derecho de Registro e
Inspección –DREI-, a la facturación
domiciliaria efectuada por dicha compañía.
Artítulo 2º- Enviar esta
declaración ante la Secretaría de Energía de la Nación, a la Cámara de
Diputados de la Nación y al Senado de la Nación, solicitando a los legisladores
nacionales la derogación del artículo 41 de la ley 24.076 que establece que
cualquier tasa municipal no será cargada a los números de la empresa
concesionaria, sino a los usuarios, siendo injustificado dicho criterio
aplicable a una empresa privada monopólica,
Artículo 3º- De forma.
