viernes, 5 de octubre de 2012

Establecen obligatoriedad del casco en el expendio de combustible

Concejales del Frente para la Victoria presentaron un proyecto de ordenanza que establece la prohibición de expendio de combustible, a conductores de motos que no porten el casco reglamentario.


PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Visto:

La resolución del Ente Nacional Regulador del Gas –ENARGAS-  y la legislación que permite a la prestataria Litoral Gas a trasladar a sus usuarios las tasas y tributos que les cobran los municipios,

Considerando:

Que la misma sienta un precedente nefasto que otorga un beneficio injustificado a un empresa monopólica, ya que deja en firme el criterio de que son los usuarios quienes deben pagar los gravámenes municipales que se apliquen sobre las empresas o cooperativas que tienen a su cargo áreas de distribución y servicios públicos,

Que dicho traslado significa que los usuarios del servicio de gas paguen los tributos que corresponden a un contribuyente con alta capacidad de pago, solvencia y espíritu de lucro en su accionar, que no amerita ninguna excepción a la regla general de imposición tributaria,

Los numerosos reclamos por un caso similar de traslado de tributos por variaciones de derecho de registro e inspección se produjeron en nuestra ciudad, debiendo corresponder la devolución de dichas sumas a los usuarios locales,


EL CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:

Artículo 1º- Rechazar la resolución 3.109 del Ente Nacional Regulador del Gas –ENARGAS-, que establece la autorización para que la prestataria Litoral Gas traslade a los usuarios el valor de la tasa por uso del dominio público que le cobren los municipio. Asimismo rechazar el traslado de otros tributos como Derecho de Registro e Inspección –DREI-,  a la facturación domiciliaria efectuada por dicha compañía.

Artítulo 2º- Enviar esta declaración ante la Secretaría de Energía de la Nación, a la Cámara de Diputados de la Nación y al Senado de la Nación, solicitando a los legisladores nacionales la derogación del artículo 41 de la ley 24.076 que establece que cualquier tasa municipal no será cargada a los números de la empresa concesionaria, sino a los usuarios, siendo injustificado dicho criterio aplicable a una empresa privada monopólica,

Artículo 3º- De forma.