viernes, 21 de septiembre de 2012

Presentan ordenanza en defensa del arbolado público



Los concejales del Frente para la Victoria presentaron un proyecto de ordenanza que establece la obligatoriedad de conservar espacios para forestación en las veredas de la ciudad. La iniciativa apunta a defender el arbolado público como patrimonio municipal. 
 
PROYECTO DE ORDENANZA

Visto:
Que ha proliferado en nuestra ciudad la reconstrucción de veredas con cierre definitivo de cazuelas para la instalación de ejemplares del arbolado público,
Considerando:
Que dichas cazuelas son el espacio elemental para poder desarrollar en nuestra ciudad el desarrollo del arbolado público tras el retiro o remplazo de ejemplares arbóreos,
Que es costumbre en nuestra ciudad que vecinos que deciden reconstruir sus aceras, hacerlas en forma integral, sin tener en cuenta la frecuencia de instalación de arboles y cerrando todas las cazuelas o disminuyéndolas considerablemente en numero,
Que de seguir esta tendencia, se reduciría considerablemente el número de ejemplares en la ciudad,
Que los arboles son el patrimonio natural y ecológico principal que tiene la ciudad y las futuras generaciones, siendo un elemento esencial para combatir la polución ambiental, gases y purificación del aire,
Que es necesario mantener un equilibrio entre ejemplares remplazados y replantados, para lo cual los vecinos deben colaborar con la conservación del arbolado público,
Que las veredas son propiedad de dominio público, por lo tanto de todos los cañadenses, y administrado por el municipio, lo que no da derechos absolutos del frentista sobre la misma,

POR TODO ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE PARA LA VICTORIA PRESENTA EL SIGUIENTE PROYECTO DE ORDENANZA:
Articulo 1º- Queda prohibida en las veredas de la ciudad de Cañada de Gómez, el cierre definitivo de los espacios necesarios para el establecimiento de ejemplares del arbolado público, en obras de reconstrucción de veredas u obras similares. Los vecinos frentistas deberán proveer en las aceras frente a su propiedad, del espacio necesario preestablecido por las Oficinas Municipales correspondientes, para posibilitar el establecimiento de ejemplares arbóreos a los fines de mantener el número y calidad de ejemplares.
Artículo 2º- La Oficina Municipal con competencia en materia de mantenimiento de Arbolado Público establecerán las medidas y cantidad de espacios abiertos a los fines de permitir mantener la cantidad y calidad de los ejemplares del arbolado de la ciudad, inspeccionando el cumplimiento de la prohibición establecida en el artículo precedente. 
Artículo 3º- Aquellos vecinos que infrinjan lo establecido en la presente ordenanza, serán pasibles de ser penalizados con multa de 500 UT por cada espacio para especies arbóreas cerrado en veredas del dominio público municipal, aunque no existiese en el lugar especie existente.
Artículo 4º- De forma.