jueves, 2 de agosto de 2012

Proponen tasa por baldío no cercado para erradicar microbasurales

Con el fin de lograr un mejor ordenamiento urbano y una mayor salubridad, ediles del Frente para la Victoria propusieron el establecimiento de una sobretasa por baldío no cercado, de la zona céntrica, con el fin de lograr evitar la formación de depositos de basura en plena zona urbana, y el cumplimiento de la normativa que obliga a cercar a los predios.

PROYECTO DE ORDENANZA

Visto:

La necesidad de proceder a efectuar un relevamiento y mayor control de formación de basurales transitorios en terrenos privados en baldíos sin tapialar en el ámbito de la ciudad, y efectuar un control del cumplimiento de las ordenanzas municipales

Considerando:

Que se produce la proliferación de basurales en forma transitoria en terrenos privados baldíos, donde el municipio debe concurrir  a su limpieza en forma recurrente, en diversos terrenos privados de la ciudad  

Que es necesario verificar el cumplimiento de la normativa municipal que obliga a los frentistas a mantener en condiciones sus terrenos privados y a los propietarios de inmuebles baldíos cercar los terrenos,

Que es resorte del municipio controlar el mantenimiento de la higiene y salubridad publica, sobre la via pública, y promover sanciones a los frentistas que no cumplan con la ordenanza vigente,

Que el si bien es obligación de cada frentista mantener en correcto aseo su propiedad y tapialarlo, el  municipio por reclamo permanente de los vecinos, debe concurrir a desmalezarlos, levantar ramas, bolsas de residuos domiciliarios incorrectamente depositadas, objetos abandonados, animales muertos, etc. que deben sufragarse con dineros públicos que todos los cañadenses aportan,

Que es un principio de justicia que quien genera esos inconvenientes, y deben concurrir para sufragarlo, aporte un plus para  dichas tareas,

EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL FRENTE PARA LA VICTORIA PRESENTA EL SIGUIENTE PROYECTO DE ORDENANZA:

Artículo 1º- Disponer una sobretasa del 15 % sobre el valor de la tasa general de inmuebles en todos los terrenos baldíos no tapialados que se encuentren en el radio céntrico urbano de nuestra ciudad, comprendido entre calles Independencia, Bulevar Marconi, Avenida Santa Fe y Bulevar Balcarce, en concepto de ´Mantenimiento extra de baldíos´.

Artículo 2º- Quedan exceptuados de de dicha sobretasa los terrenos no tapialados cuyos propietarios están transitoriamente llevando a cabo obras privadas de construcción que impidan momentáneamente la construcción del tapial definitivo del inmueble, y por un plazo que determinará el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Obras Publicas de la Municipalidad.   

Artículo 3º- De forma.