viernes, 31 de agosto de 2012

Presentan ordenanza sobre motovehículos electricos


Concejales del Frente para la Victoria, presentaron un proyecto de ordenanza para reglamentar los vehículos propulsados por electricidad. La iniciativa busca regularizar estos nuevos vehiculos ante su aparición en la vía pública. 

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:
La aparición y difusión de una nueva clase de vehículos denominados “scooters o monopatines con motor eléctrico y/o similares”; y

CONSIDERANDO:
La facultad reglamentaria que tiene este Concejo Municipal en cuanto a materia de tránsito, circulación y / u otorgamiento de licencias de conductor.-
Que la proliferación de los mencionados vehículos ha tomado auge en nuestra ciudad y representa una nueva problemática ya que no se encuentran encuadrados en ninguna normativa, ni guarda similitudes con otro tipo como motos y bicicletas.-
Que los mismos no cuentan con registración ni con medidas de identificación o visualización como luces u otras de la misma naturaleza.-

Que en consecuencias, no resulta razonable excluir a los vehículos con motor eléctricos y/o rodados con motores eléctricos de baja cilindradas y/o  scooters eléctricos , de la normativa que regula la circulación con motovehiculos

Que además se han constatado importante cantidad de menores de edad y pre - adolescentes circulando por las arterias de la ciudad.-

POR TODO ELLO:                            
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CAÑADA DE GÓMEZ, SANCIONA LA SIGUIENTE:

                                                 O R D E N A N Z A              .-

Art.1º.-   Los vehículos denominados “scooters eléctricos o monopatines con motor eléctrico y/o similares” quedan comprendidos dentro del alcance de todas las normas de tránsito establecidas para las motocicletas o ciclomotores de hasta 50 centímetros cúbicos de cilindrada, dentro del ámbito de nuestra ciudad, debiendo cumplir dichos vehículos, sus titulares y/o conductores con todas los requisitos, procedimientos y/o reglamentaciones vigentes establecidas por la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, las leyes provinciales y ordenanzas municipales para poder circular por la vía pública.-
Art.2º.-   La autoridad competente en materia de tránsito está facultada para secuestrar las unidades de scooters eléctricos o monopatines con motor eléctrico y/o similares que circulen por las calles de la ciudad que cometan infracciones, específicamente si quienes conduzcan no se ajusten a los límites de edad correspondientes o no posean licencias de conductor o las exigencias legales de seguridad reglamentarias para la circulación.-  
Art 3      Autorizase  al Departamento Ejecutivo a definir vía reglamentaria un mecanismo de otorgamiento y registración de Permisos de Circulación con chapas identificadora, para los casos en que la reglamentación vigente no prevea el patentamiento de estos modelos de vehículos La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación.-
Art.4º.-   Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M.-