PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto:
Los innumerables
inconvenientes que sufren lo usuarios locales del servicio telefónico que
brinda la empresa Telecom SA.,
Considerando:
Que es creciente
el malestar de la población local en virtud del deficiente servicio de la
empresa concesionaria, para responder y solucionar reclamos de los usuarios,
Que dicha empresa
carece de sede local y de personal idóneo para evacuar las consultas y
requerimientos de los consumidores de este servicio público, que se ha
degradado en los últimos años,
Que se han
detectado deficiencias en el tendido, con cables cortados sueltos en la vía
pública, generando temor y confusión en la población,
Que los usuarios
no encuentran alternativa para ser atendidos ante los reclamos, son derivados a
responsables no accesibles ni identificables por los vecinos de nuestra ciudad,
o vía telefónica por operadores no personalizados,
Que la solución a
problemas de línea como así también de defectos en la facturación no reciben
tratamiento rápido ni satisfactorio por los usuarios,
Que es obligación
de los organismos de control del Estado tomar conocimiento y cartas en el
asunto, ante tantas irregularidades generalizadas en el servicio,
Que desde la
Comisión Nacional de Comunicaciones, se sugiere derivar la inquietud a la
Dirección General de Comercio Interior de la Provincia de Santa Fe, organismo
público de Defensa del Consumidor en dicha jurisdicción,
POR TODO ELLO,
EL CONCEJO
MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE RESOLUCIÓN:
Artículo 1º-
Requerir a la Dirección General de Comercio Interior de la Provincia de Santa
Fe, que en el marco de la Ley
de Defensa del Consumidor Nº 24.240, su decreto Reglamentario 1798/94, y el
artículo 42 de la Constitución
Nacional, disponga la aplicación de los procedimientos
correspondientes para la reapertura de sede de atención local y defensa de los
usuarios consumidores del servicio público de telefonía, en virtud de los
inconvenientes en la atención de los reclamos, reparaciones, facturación y
comercialización de los servicios que vende la concesionaria Telecom SA en la
ciudad de Cañada de Gómez,
Artículo 2º- Requerir
a las autoridades que exijan a dicha empresa a mantener una guardia mínima
comercial y técnica en la ciudad de Cañada de Gómez en virtud de la magnitud de
los problemas no resueltos y los inconvenientes descriptos en los considerandos
de la presente resolución,
Artículo 3º- De
forma.
