PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto:
Los innumerables inconvenientes
que sufren lo usuarios locales del servicio telefónico que brinda la empresa
Telecom SA.,
Considerando:
Que es creciente el malestar de
la población local en virtud del deficiente servicio de la empresa
concesionaria, para responder y solucionar reclamos de los usuarios,
Que dicha empresa carece de sede
local y de personal idóneo en cantidad para evacuar las consultas y
requerimientos de los consumidores de este servicio público, que se ha
degradado en los últimos años,
Que se han detectado
deficiencias en el tendido, con cables cortados sueltos en la vía pública,
generando temor y confusión en la población,
Que los usuarios no encuentran
alternativa para ser atendidos ante los reclamos, son derivados a responsables
no accesibles ni identificables por los vecinos de nuestra ciudad, o vía
telefónica por operadores no personalizados,
Que la solución a problemas de
línea como así también de defectos en la facturación no reciben tratamiento
rápido ni satisfactorio por los usuarios,
Que es obligación de los organismos
de control del Estado Nacional tomar conocimiento y cartas en el asunto, ante
tantas irregularidades generalizadas en el servicio,
POR TODO ELLO,
EL CONCEJO MUNICIPAL SANCIONA LA SIGUIENTE
RESOLUCIÓN:
Artículo 1º- Requerir a la Defensoría del Pueblo
de la Nación y
la Defensoría
del Pueblo de la Provincia
de Santa Fe, que en el marco de la
Ley de Defensa del Consumidor Nº 24.240, su decreto
Reglamentario 1798/94, y el artículo 42 de la Constitución
Nacional, disponga la aplicación de los procedimientos
correspondientes para la defensa de los usuarios consumidores del servicio
público de telefonía, en virtud de los inconvenientes en la atención de los
reclamos, reparaciones, facturación y comercialización de los servicios que
vende la concesionaria Telecom SA en la ciudad de Cañada de Gómez,
Artículo 2º- Requerir a las
autoridades que exijan a dicha empresa a mantener una sede de atención al
público con guardia mínima comercial y técnica en la ciudad de Cañada de Gómez
en virtud de la magnitud de los problemas no resueltos y los inconvenientes
descriptos en los considerandos de la presente resolución,
Artículo 3º- Remitir copia de la
presenta a la Comisión
Nacional de Comunicaciones, y a las delegaciones de la Defensoría del Pueblo
de la Nación y
de la Provincia
de Santa Fe a tal efecto,
Artículo 4º- De forma.
