viernes, 25 de noviembre de 2011

Proponen convenio de asesoramiento en toxicología


Desde el bloque del FPV, se presentó un proyecto de ordenanza que autoriza a la Intendente Municipal a firmar un convenio con el objetivo de contar con asesoramiento en toxicología y farmacología en forma permanente y continua, a los fines de que lleven a cabo las consultas necesarias ante emergencias de salud. El texto es el siguiente: 

PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La necesidad de que la ciudad cuente con un centro de asesoramiento en toxicología y farmacología las 24 horas del día, de todos los días del año,   para las consultas medico profesionales provenientes de los efectores de salud públicos y privados de la ciudad,
Considerando:
Que otras localidades de la región han celebrado convenios de colaboración con estos centros de asesoramiento, que brindan interconsultas de esta especialidad solicitada por médicos ante casos especiales,
Que a través de este convenio se podrá derivar a pacientes a consultorios especializados, cuya gravedad así lo requiera realizando el seguimiento y atención de los mismos,
Que ello dará un reaseguro a la población de la ciudad, ante casos que salen del común de la atención diaria, generando un mecanismo ágil para responder a casos de urgencia que respondan a situaciones de emergencia,
POR TODO ELLO, EL BLOQUE DEL FRENTE PARA LA VICTORIA-CONFLUENCIA-FRENTE PARA CRECER PRESENTA EL SIGUIENTE PROYECTO DE:
ORDENANZA
Artículo 1º- Autorizar a la Intendente Municipal Dra. Stella Maris Clérici para que en representación de la Municipalidad de nuestra ciudad, firme un convenio de interconsulta con el laboratorio TAS Sociedad Responsabilidad Limitada, representado por el Dr. Felipe Imoff, con domicilio en calle Tucumán 1544, de la ciudad de Rosario, con el objetivo de contar con asesoramiento en toxicología y farmacología en forma permanente y continua, a los fines de que lleven a cabo las consultas necesarias ante emergencias de salud que se produzcan en la ciudad, en lo distintos efectores de salud públicos y privados.
Artículo 2º- De forma.