viernes, 6 de junio de 2014

Impulsan la figura institucional del vice intendente

El bloque de concejales del PJ Frente para la Victoria solicitaron a la Legislatura de la provincia de Santa Fe, el tratamiento de una iniciativa legislativa tendiente a consagrar la figura del vice intendente, en el marco institucional santafesino.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN
Visto:
Que en el Senado de la Provincia de Santa Fe se trató en su oportunidad un proyecto de ley para la creación de la figura del Vice intendente, el que tendría funciones en algunas ciudades de la provincia,
Considerando:
Que dicha figura viene a llenar un vacío institucional en los municipios santafesinos, dando mayor organicidad dentro de los mismos,
Que el mismo remplazará al intendente en caso de acefalía, ´por fallecimiento, incapacidad, renuncia o destitución¨, y presidirá al Concejo Municipal, creándose la figura de Presidente Provisional del Concejo, en remplazo de los actuales presidentes del Concejo,
Que el mismo completará el mandato del intendente, y garantizará el remplazo del primer mandatario municipal por una figura política perteneciente a su partido político,
Que el vice intendente se elegirá conjuntamente por el pueblo, en una formula con el intendente en las elecciones municipales,
Que el proyecto habría tenido media sanción del Senado y habría pasado a la Cámara de Diputados, donde se desconoce su actual tratamiento,
POR TODO ELLO,
EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL PJ-FRENTE PARA LA VICTORIA PRESENTA EL SIGUIENTE PROYECTO DE RESOLUCIÓN:
Articulo 1º- Solicitar a la Camaras de la Legislatura de la Provincia de Santa Fe, apoyen el tratamiento de la iniciativa legislativa que prevé la creación de la figura institucional del VICEINTENDENTE, que habría recibiera media sanción legislativa y debería ser tratada por la Cámara de Diputados, solicitando a las autoridades e integrantes de los representantes de ambos cuerpos legislativos, la perentoria y favorable sanción de la misma, con el fin de que esta innovación institucional, se ponga en marcha para el año 2015, previa adhesión de los Concejos Municipales de la provincia.
Articulo 2º- De forma.