viernes, 19 de abril de 2013

Proponen ordenanza que regule identificación de postes en la via publica

Los concejales del Frente para la Victoria presentaron una iniciativa tendiente a lograr la individualización de los numerosos postes que se encuentran en la vía publica, y que son propiedad de distintas empresas de servicios públicos y privados.


PROYECTO DE ORDENANZA

VISTOS:

Los reclamos constantes efectuados por los vecinos acerca de los peligros que radican los postes instalados en toda la ciudad de Cañada de Gómez, por diferentes empresas prestadoras de servicios públicos y privados, ya que gran parte de los mismos datan de una edad prolongada de funcionamiento, acarreando como consecuencia lógica su deterioro y las inclinaciones que amenazan la seguridad de los peatones y vehículos ante el riesgo potencial de su caída, y  

CONSIDERANDO:

Que la señalización de la vía pública comprende una parte esencial para la seguridad de los vecinos de la Ciudad. 

Que ante la gran cantidad de postes y los peligros mencionados anteriormente, se torna imperiosa la necesidad de comenzar el proceso de
Individualización de los postes que se encuentran asentados en veredas, que soportan instalaciones de cables de las empresas que prestan servicio de electricidad , telefonía, trasmisión de datos y tv, Etc.

Que esta necesidad se ve fundada en los peligros que radican los postes instalados, ya que gran parte de los mismos datan de una edad prolongada y sufren como consecuencia de ello lógicos deterioros en cuerpo ,
inclinaciones y caídas, y que probablemente en algunos casos se trate de postes que ya no cumplan ninguna función.

Que en éstos casos de deterioro y ante el peligro que implican, estamos obligados a brindarle a nuestros vecinos una herramienta eficaz para la denuncia de estos sucesos (Roturas, caídas, inclinaciones de postes) la cual permita individualizar cada uno de los postes con sus respectivos datos identificatorios para que los vecinos, puedan denunciar telefónicamente o de manera personal a la empresa dueña del poste y solicitar la pronta solución del problema.

Que normalmente las denuncias referidas a este tema se realizan a la administración municipal, cuando en la práctica cada empresa propietaria debería ocuparse del mantenimiento y solución de los problemas de sus instalaciones en la vía pública.




Por todo ello, el Bloque de Concejales del Frente Para la Victoria sanciona el siguiente
                                       Proyecto de ordenanza.


Art. 1°: ORDÉNASE individualizar cada uno de los postes instalados en
terrenos de Dominio Público Municipal y Dominio Privado Municipal que son
utilizados, como soportes de cables por empresas estatales o privadas de
servicios de trasmisión de señal audiovisual o televisiva, de telefonía, de datos o informáticas, de seguridad, de electricidad y cualquier otro sistema de transmisión mediante cables, que se solicitare instalar en el futuro.

Art. 2°: A los fines de la identificación dispuesta en el artículo 1, la empresa
prestataria del servicio deberá, en el termino de 180 días corridos de promulgada la presente, colocar en cada poste de soporte del cable del servicio que presta, un rótulo metálico en el poste a 2,50 mtrs. de la base del mismo, con una dimensión no menor a los 25 cms. de largo por 25 cms. de ancho, con un color asignado a cada empresa, que determinará mediante resolución la Secretaría de Obras Públicas, rótulo que deberá contener la identificación comercial de la empresa, dirección de su sucursal en ésta ciudad, y teléfono de contacto.

Art 3º: Cada empresa, deberá efectuar el mantenimiento de cada poste que
haya instalado o que instale con motivo del servicio que corresponda, bajo
estrictas condiciones de seguridad, supervisadas por un técnico en higiene y
seguridad del trabajo con título certificado, debiendo informar con periodicidad
anual a la Secretaría de Obras Públicas, el cumplimiento y avance de las
medidas de seguridad diseñadas, consignando además la ubicación de cada uno de ellos.

Art 4º: Una vez cumplido el plazo para el cumplimiento de lo dispuesto en el art 2º, cada empresa dispondrá de un nuevo plazo de 180 días para retirar de la vía pública los postes que ya no cumplan ninguna utilidad. Vencido ese plazo, aquellos postes que no fueren identificados y/o retirados por ninguna empresa, podrán ser removidos por el municipio cuando se evalúe como potencialmente peligroso  por el riesgo que representa para la comunidad.

Art. 5°: Las tareas de control y fiscalización del cumplimiento con la rotulación e identificación ordenada en los arts. 1º y 2º, estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas.

Art 6º: Incorpórase al Código de Faltas-, la siguiente disposición: “Toda empresa estatal o privada, que no proceda en el plazo legal a identificar el poste del que se sirve su servicio, o no mantenga el mismo en condiciones de seguridad adecuada, será sancionada con multa de un mínimo de  Mil UF (1.000 U.F.) y un máximo de Tres Mil ( 3.000 U.F.).

Art 7º:- DE FORMA.