PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La visita a nuestra ciudad del prestigioso
médico Dr. Alfredo Miroli, quien llevará a cabo el próximo viernes 15 de junio
de 2012 una Jornada de Capacitación y Educación Comunitaria, tratando la
temática de las adicciones,
Considerando:
Que dicho evento contará con el apoyo del
Centro Médico de Cañada de Gómez, de los sanatorios privados de la ciudad, de
laboratorios, el Cemi y de la Asociación
Nazareth, además del municipio de Cañada de Gómez,
Que el profesional es Secretario de Estado de
Prevención y Asistencia de las Adicciones de la provincia de Tucumán desde
octubre de 2003 a
la fecha,
Que además entre sus antecedentes se puede
destacar su actuación en la Sociedad
Científica de Prevención y Asistencia de las Adicciones del
Colegio Médico de Tucumán, profesor y codirector del tribunal de evaluación de
la carrera de posgrado de Especialización de adicciones de la Universidad de
Tucumán,
Que entre otros antecedentes, el Dr. Miroli
es miembro de Consejo Asesor Científico Honorario de la Secretaría de
Programación para la
Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico de la Nación, del Consejo Asesor
Honorario del Programa Universitario para el estudio de las Adicciones de la Universidad Nacional
de Tucumán, Presidente del grupo de expertos en prevención de drogadicción de la Comisión Interamericana
contra el Abuso de drogas de la
OEA, y Subsecretario de la Nación a cargo de los programas de Prevención y
Asistencia de la
Drogadicción,
La importancia de la problemática a abordar
es de interés público, en virtud de la generalización de las conductas
adictivas en nuestra sociedad,
POR TODO ELLO, EL BLOQUE DE CONCEJALES DEL
FRENTE PARA LA VICTORIA PRESENTA
EL SIGUIENTE PROYECTO DE ORDENANZA:
Artículo 1º- Declarar VISITANTE DISTINGUIDO
de la ciudad, al Dr. Alfredo Miroli, destacando su participación en las
Jornadas de Capacitación y Educación Comunitaria, que se llevará a cabo el
viernes 15 de junio de 2012 en la ciudad de Cañada de Gómez, organizada por
entidades privadas y públicas de la localidad y el municipio de nuestra ciudad.
Artículo 2º- De forma.
